Decreto supremo obligaría a todas las dependencias publicas a usar el lenguaje inclusivo y a brindar bienes y servicios considerando orientación de género, orientación sexual y expresión de género.
El gobierno, a través del ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, viene elaborando un decreto supremo orientado a establecer los lineamientos para la transversalización del enfoque de género en la gestión pública que tendrán carácter de obligatorio y abarcará a todas las entidades de los tres niveles de gobierno.
Estos lineamientos obligarán, incluso, el uso del lenguaje inclusivo en toda comunicación de las entidades públicas, debiendo presentar en igualdad de condiciones y representación numérica a mujeres y hombres, reflejando además diversas identidades, roles, estilos y formas de vida, pertinencia cultural, condiciones de discapacidad; edad, entre otros aspectos.

El objetivo de la norma es desarrollar medidas que integren las experiencias, conocimientos, necesidades e intereses de mujeres, hombres y personas LGTB, en su diversidad, al momento de diseñar, implementar y evaluar las políticas, programas, estrategias, proyectos, planes y servicios, para que las personas obtengan beneficios en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación.
Los lineamientos básicos son cinco: la planificación estratégica, bienes y servicios, gestión de recursos humanos para la igualdad de género, presupuestos para la reducción de las desigualdades de género, seguimiento y evaluación de la reducción de las brechas de género, seguimiento y evaluación de la reducción de las brechas de género,
“La transversalización del enfoque de género adquiere suma relevancia, como proceso para examinar las implicancias que tiene para hombres y mujeres en su diversidad y personas LGTBI, cualquier acción planificada, incluyendo legislación, políticas o programas en todas las áreas y en todos los niveles de gobierno”, señala el borrador del proyecto del decreto al que Sucesos tuvo acceso.

Señala que la producción y provisión de los bienes o servicios que debe brindar el Estado pasa por conocer que existen grupos de personas con conocimientos, necesidades e intereses diferentes, con características que les da su propia condición social, edad, género, cultura, discapacidad u otras, y que, por tanto, no existe una “forma única de persona”, por los que es necesario identificar claramente al público objetivo cuya necesidad se pretende atender.
El anteproyecto de DS, que ha sido enviado en consulta a las diversas dependencias públicas a fin de recibir aportes y sugerencias, establece que los responsables de los lineamientos tendrán un plazo de diez días hábiles contados a partir de la vigencia del decreto para implementarlo.
El anteproyecto de DS, que ha sido enviado en consulta a las diversas dependencias públicas a fin de recibir aportes y sugerencias, establece que los responsables de los lineamientos tendrán un plazo de diez días hábiles contados a partir de la vigencia del decreto para implementarlo.
En el marco de la modernización de la gestión pública, las entidades del Estado deben garantizar la producción y provisión de los bienes o servicios que satisfagan las necesidades y expectativas diferenciados por género, optimizando así sus procesos para entregarlos de manera eficaz y eficiente apuntando a resolver el problema público y, agregar valor a las condiciones de vida de las personas, considerando las diferencias de género, señala una de las propuestas.
El lineamiento dos señala que es importante diseñar bienes o servicios tomando en cuenta las necesidades, intereses y experiencias diferenciadas por género, que apunten a resolver problemas específicos y diferenciados de mujeres y hombres, considerando además su condición social, edad, género, cultura o discapacidad.